La mediación en el sector náutico
“La paz no es la ausencia de conflicto, sino la capacidad de gestionarlo de manera pacífica.”
— Ronald Reagan
Llevo treinta años ejerciendo mi profesión en el sector náutico y marítimo, y navegando desde los 12 años. Es decir, más de 45 años inmerso en un sector que adoro, valoro y conozco. Con esta perspectiva, me considero capacitado para afirmar que, en general, en nuestro sector náutico abundan los buenos profesionales y excelentes empresas y astilleros.
Esto se evidencia en que, por ejemplo, puertos únicos en nuestro país para grandes yates como Port Tarraco, Vilanova Grand Marina, Port Vell o Port Fórum —por citar ejemplos cercanos a mi localidad— se han llenado poco a poco de barcos cada vez mayores y más complejos, con frecuencia colgando el cartel de “completo” durante gran parte de la temporada. Asimismo, los astilleros del sector han crecido, aumentando su capacidad de eslora e instalaciones hasta límites insospechados hace unos años: MB92, Astilleros de Mallorca, Pendennis Vilanova, STP… Palma, en particular, no tiene espacio para un barco más, y empresas como Astilleros de Mallorca o Pendennis se han expandido a otros puntos de la península por la falta de amarres en la isla. Esta tendencia es extrapolable a otras zonas como Valencia, Cartagena, Andalucía, Galicia y toda la cornisa cantábrica.
Conflictos en el sector náutico
Sin embargo, este desarrollo no ha estado exento de conflictos. En mi experiencia, he presenciado y participado en una amplia variedad de ellos: personales, laborales, profesionales, entre cliente y astillero, entre astilleros y contratas, entre subcontratas, con proveedores, entre personal de una misma empresa, entre empleados y la empresa, con bancos, clientes, colegas de profesión, e incluso entre disciplinas distintas. La lista podría continuar.
Algunos de estos conflictos en el sector náutico se han judicializado, generando dolores de cabeza, pérdidas de energía, ánimo y tiempo, además de considerables inversiones económicas para todas las partes. En unos pocos casos, sí que he visto como una de las partes se ha aprovechado del sistema judicial por motivos diversos: obtener un dinero que no le correspondía, hacer daño a la otra parte, retrasar pagos, o aprovechar una desproporción de poder. Sin embargo, la mayoría de los casos que han llegado a los juzgados lo han hecho de buena fe, simplemente porque las partes no conocían otras vías para atender sus reclamaciones. Gran parte de estos casos, en mi opinión, podrían haberse resuelto de manera más rápida, amable, barata y satisfactoria fuera de los juzgados.
En los procesos de mediación en el sector náutico y fuera de él en los que he intervenido, he visto cómo, en pocas semanas o meses, se han alcanzado acuerdos satisfactorios para todas las partes. Esto contrasta con el desgaste y los años que suelen implicar los procesos judiciales. Este año, por ejemplo, he tenido que declarar en dos casos que comenzaron hace once y doce años respectivamente. El desgaste, frustración, dolor y rencor que este tiempo produce en las personas involucradas es incalculable.
Reflexiones sobre la nueva ley y su aplicación en el sector náutico
Hace unos días, en una mesa redonda sobre este tema, un ponente, el letrado de la administración de justicia del Juzgado Mercantil 11 de Barcelona, mencionó que en su juzgado había actualmente unos 75 casos relacionados con nuestro sector. Este número, aunque pueda parecer “poco” desde una perspectiva general, me pareció astronómico. Y eso es solo un juzgado en Barcelona; la cifra total a nivel nacional debe ser impactante.
Una alternativa al sistema judicial
Es precisamente a este tipo de casos, en los que existe una alternativa al sistema judicial que las partes desconocen, a los que se dirige la nueva Ley de Medidas en Materia de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia. En particular, el Capítulo I del Título II: Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional.
Esta ley establece que, para presentar una demanda en los juzgados, primero debe haberse acudido a algún medio adecuado de solución de controversias (MASC). Entre estos medios se encuentran: la mediación, la conciliación, la opinión neutral de una persona experta independiente, la formulación de una oferta vinculante confidencial o cualquier otro tipo de actividad negociadora reconocida en esta u otras leyes.
El legislador reconoce que muchos casos pueden y deben resolverse fuera de los juzgados. Sin embargo, como sociedad, aún nos falta pedagogía y un cambio cultural para adoptar plenamente esta transición. Estamos acostumbrados, desde la infancia, a que una autoridad externa (padres, maestros, jefes o jueces) resuelva nuestros conflictos. No estamos habituados a tomar las riendas y gestionar nuestros propios problemas. Este modelo, aunque arraigado, resulta ineficiente y muchas veces injusto.
La nueva ley nos devuelve la responsabilidad, empoderándonos para buscar soluciones más adecuadas. Sin embargo, es comprensible que las partes en conflicto necesiten el apoyo de un tercero neutral, como un mediador familiarizado con el sector náutico o un experto independiente que conozca bien y a fondo la materia que se trate, para facilitar el proceso y alcanzar acuerdos.
Una oportunidad para el sector náutico
La ley, publicada en el BOE el 3 de enero, entrará en vigor el 3 de abril de 2025. Esto representa una oportunidad para nuestro sector. Si eres una de las muchas empresas o profesionales que forman parte de esta industria y te encuentras en un conflicto que parece no tener más salida que el juicio, considera contactar no solo con tu abogado —cuyo apoyo legal es fundamental—, sino también con una persona experta en mediación y gestión de conflictos.
Optar por una solución alternativa no solo puede ahorrarte tiempo y recursos, sino también preservar relaciones y garantizar un resultado más satisfactorio para todas las partes. Y a partir del 3 de abril de 2025 es un requisito legal. Como alguien que lleva décadas en este sector, puedo decir con certeza que, en muchas ocasiones, el mejor camino no pasa por los tribunales, sino por un diálogo guiado y constructivo.